LEY DE TECNOLOGÍA FINANCIERA o LEY FINTECH

No cabe duda de que es momento de voltear a ver los beneficios que pueden aportar los
emprendedores de tecnología en el sector financiero mexicano, hay una revolución que está cambiando el ecosistema de la banca y que quienes participamos desde nuestras trincheras vamos a determinar la operación de la banca del futuro.
Estamos ante un escenario de emprendimiento que asegura mejorar la banca generando costos más bajos y nuevas experiencias para los usuarios de los servicios financieros , teniendo las autoridades CNBV, CONDUSEF y BANXICO un verdadero reto al tener que conocer a detalle la estructura de estas nuevas plataformas por mencionar algunas: Crowdfunding, o plataformas de fondeo colectivo como se denominan en la ley, BITCOIN Plataformas de dinero electrónico, Blockchain y las plataformas experimentales.
Se está buscando acercamientos por parte de las autoridades, ya que actualmente están
operando en un área gris por la velocidad, complejidad y especialización con la que surgieron y claramente por superar a la regulación.
Hay que recordar a la autoridad financiera y al legislador los pilares de la REFORMA
FINANCIERA que son entre otros: «fomentar la inclusión financiera y la competencia del sistema financiero mexicano para incrementar su penetración manteniendo su solidez y seguridad», lo cual se escucha increíble, pero al revisar su texto la palabra multa aparece 282 ocasiones y no una sola vez la palabra inclusión financiera.
En ese sentido, al analizar la Ley de Tecnología Financiera o Ley Fintech se observa una
conducta similar al de la REFORMA ya que nuestras autoridades se basaron en la legislación que actualmente regula a la banca, desde la forma para su autorización hasta su inicio de operaciones, dejando un texto de proyecto de ley ambiguo y sumando circulares y disposiciones de carácter general que serán una copia de las que actualmente regulan temas en materia de prevención de Lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, seguridad de la información, riesgos, auditoria, plan de negocios, proyecciones, capital mínimo, sin contar el cumplimento de reportes regulatorios que surgirán, por supuesto ya contemplando un capítulo de sanciones administrativas, con lo que se elevan los costos de operación por la carga regulatoria y prácticamente matando la agilidad y velocidad que requieren los emprendedores.
No todo está perdido dentro del proyecto de ley, se contempla la posibilidad de dar a las
plataformas experimentales cierta flexibilidad a través de un registro temporal condicionado para prestar sus servicios, otorgado discrecionalmente por la autoridad, dejando ver esfuerzo que debió mantenerse en todo el contenido de la ley.
Considero que tanto autoridades como el legislador deben dar más participación a los
jugadores que estamos en esta industria, deben ser disruptivos en la forma en que van a
regular este sector NO pueden hacerlo de la forma tradicional, se debe pensar y hacer las cosas diferente con el espíritu de un emprendedor para encontrar el equilibrio entre la inclusión de la innovación evitando la sobre-regulación. Juan Pablo Gonzalez Jorge A. Ortiz
Jorge Tavares
Ley Fintech mito o realidad – Noviembre 2016